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martes, 25 de junio de 2019
CONOCIENDO NUESTRA FE
IV. El culto de la Santísima Virgen en la Iglesia
66. María, ensalzada, por gracia de Dios, después de su Hijo, por encima de todos los ángeles y de todos los hombres, por ser Madre santísima de Dios, que tomó parte en los misterios de Cristo, es justamente honrada por la Iglesia con un culto especial. Y, ciertamente, desde los tiempos más antiguos, la Santísima Virgen es venerada con el título de «Madre de Dios», a cuyo amparo los fieles suplicantes se acogen en todos sus peligros y necesidades. Por este motivo, principalmente a partir del Concilio de Efeso, ha crecido maravillosamente el culto del Pueblo de Dios hacia María en veneración y en amor, en la invocación e imitación, de acuerdo con sus proféticas palabras: «Todas las generaciones me llamarán bienaventurada, porque ha hecho en mi maravillas el Poderoso» (Lc 1, 48-49). Este culto, tal como existió siempre en la Iglesia., a pesar de ser enteramente singular, se distingue esencialmente del culto de adoración tributado al Verbo encarnado, lo mismo que al Padre y al Espíritu Santo, y lo favorece eficazmente, ya que las diversas formas de piedad hacia la Madre de Dios que la Iglesia ha venido aprobando dentro de los limites de la doctrina sana y ortodoxa, de acuerdo con las condiciones de tiempos y lugares y teniendo en cuenta el temperamento y manera de ser de los fieles, hacen que, al ser honrada la Madre, el Hijo, por razón del cual son todas las cosas (cf. Col 1, 15-16) y en el que plugo al Padre eterno «que habitase toda la plenitud» (Col 1,19), sea mejor conocido, amado, glorificado, y que, a la vez, sean mejor cumplidos sus mandamientos.
67. El santo Concilio enseña de propósito esta doctrina católica y amonesta a la vez a todos los hijos de la Iglesia que fomenten con generosidad el culto a la Santísima Virgen, particularmente el litúrgico; que estimen en mucho las prácticas y los ejercicios de piedad hacia ella recomendados por el Magisterio en el curso de los siglos y que observen escrupulosamente cuanto en los tiempos pasados fue decretado acerca del culto a las imágenes de Cristo, de la Santísima Virgen y de los santos. Y exhorta encarecidamente a los teólogos y a los predicadores de la palabra divina a que se abstengan con cuidado tanto de toda falsa exageración cuanto de una excesiva mezquindad de alma al tratar de la singular dignidad de la Madre de Dios. Cultivando el estudio de la Sagrada Escritura, de los Santos Padres y Doctores y de las liturgias de la Iglesia bajo la dirección del Magisterio, expliquen rectamente los oficios y los privilegios de la Santísima Virgen, que siempre tienen por fin a Cristo, origen de toda verdad, santidad y piedad. En las expresiones o en las palabras eviten cuidadosamente todo aquello que pueda inducir a error a los hermanos separados o a cualesquiera otras personas acerca de la verdadera doctrina de la Iglesia. Recuerden, finalmente, los fieles que la verdadera devoción no consiste ni en un sentimentalismo estéril y transitorio ni en una vana credulidad, sino que procede de la fe auténtica, que nos induce a reconocer la excelencia de la Madre de Dios, que nos impulsa a un amor filial hacia nuestra Madre y a la imitación de sus virtudes.
(CONSTITUCIÓN DOGMÁTICA SOBRE LA IGLESIA LUMEN GENTIUM - CONCILIO VATICANO II)
domingo, 23 de junio de 2019
CONOCIENDO NUESTRA FE
(Griego doulia; Latín servitus)
En la teología católica, la dulía es la veneración hacia los santos no hacia sus imágenes. Según Tomás de Aquino, la dulía no es comparable con la latría o veneración a Dios en el sentido que una va dirigida hacia un par y la otra hacia un ser superior.
El llamado culto a los santos en nada se opone ni menoscaba el culto de latría a Dios. En efecto, el culto a los santos no termina en ellos, sino en Dios mismo. Dicho en términos sencillos, se venera a los santos por lo que tienen de Dios, por la gracia de Dios presente en ellos.
En el catolicismo, la veneración a los santos se concibe como el respeto que se les debe por su dignidad, grandes virtudes, y su bienaventuranza en Dios, y recibe el nombre de dulía. Al venerarse a los santos por lo que tienen de Dios.
La intercesión
La doctrina de la Iglesia también nos presenta a los santos, beatos y siervos de Dios como hombres y mujeres que deben ser imitados, venerados y también ser invocados para que nos ayuden a alcanzar todas las gracias y bendiciones de Dios. Su papel es únicamente de intercesión; es decir, interceden por la persona ante Dios para que Él obre el milagro. Por ello se debe evitar decir “San Judas Tadeo me hizo el milagro” o “la Virgen de Guadalupe me hizo el milagro”. Lo correcto es decir: “Dios me concedió el milagro por intercesión de San Judas Tadeo” o “Gracias a la Virgen de Guadalupe, Dios obró el milagro”
sábado, 22 de junio de 2019
CONOCIENDO NUESTRA FE
La palabra “adoración” deriva del latín “adoratio”, que tiene raíz en los términos “ad oro”, y significa “oro o te ruego”, en griego λατρεια (latria) – y significa “adorar”, es un término bíblico y teológico que significa la devoción o culto que se da solo a Dios.
El propio Jesucristo dio esa Ley: “Al Señor tu Dios adorarás, sólo a Él darás culto” (Lc 4,8; cf. Dt 6,13).
El Catecismo de la Iglesia Católica enseña que “la adoración es el primer acto de virtud de la religión. Adorar a Dios es reconocerlo como tal, Creador y Salvador, Señor y Don de todo cuanto existe, Amor infinito y misericordioso”.
Adorar a Dios es reconocer, con respeto y sumisión absoluta, nuestra nada, que sólo por Dios existimos.
sábado, 8 de junio de 2019
CONOCIENDO NUESTRA FE
Originalmente se denominaba “fiesta de las semanas” y tenía lugar siete semanas después de la fiesta de los primeros frutos (Lv 23 15-21; Dt 169). Siete semanas son cincuenta días; de ahí el nombre de Pentecostés (= cincuenta) que recibió más tarde. Según Ex 34 22 se celebraba al término de la cosecha de la cebada y antes de comenzar la del trigo; era una fiesta movible pues dependía de cuándo llegaba cada año la cosecha a su sazón, pero tendría lugar casi siempre durante el mes judío de Siván, equivalente a nuestro Mayo/Junio. En su origen tenía un sentido fundamental de acción de gracias por la cosecha recogida, pero pronto se le añadió un sentido histórico: se celebraba en esta fiesta el hecho de la alianza y el don de la ley.
En el marco de esta fiesta judía, el libro de los Hechos coloca la efusión del Espíritu Santo sobre los apóstoles (Hch 2 1.4). A partir de este acontecimiento, Pentecostés se convierte también en fiesta cristiana de primera categoría (Hch 20 16; 1 Cor 168).
PENTECOSTÉS, algo más que la venida del espíritu...
La fiesta de Pentecostés es uno de los Domingos más importantes del año, después de la Pascua. En el Antiguo Testamento era la fiesta de la cosecha y, posteriormente, los israelitas, la unieron a la Alianza en el Monte Sinaí, cincuenta días después de la salida de Egipto.
Aunque durante mucho tiempo, debido a su importancia, esta fiesta fue llamada por el pueblo segunda Pascua, la liturgia actual de la Iglesia, si bien la mantiene como máxima solemnidad después de la festividad de Pascua, no pretende hacer un paralelo entre ambas, muy por el contrario, busca formar una unidad en donde se destaque Pentecostés como la conclusión de la cincuentena pascual. Vale decir como una fiesta de plenitud y no de inicio. Por lo tanto no podemos desvincularla de la Madre de todas las fiestas que es la Pascua.
En este sentido, Pentecostés, no es una fiesta autónoma y no puede quedar sólo como la fiesta en honor al Espíritu Santo. Aunque lamentablemente, hoy en día, son muchísimos los fieles que aún tienen esta visión parcial, lo que lleva a empobrecer su contenido.
Hay que insistir que, la fiesta de Pentecostés, es el segundo domingo más importante del año litúrgico en donde los cristianos tenemos la oportunidad de vivir intensamente la relación existente entre la Resurrección de Cristo, su Ascensión y la venida del Espíritu Santo.
Es bueno tener presente, entonces, que todo el tiempo de Pascua es, también, tiempo del Espíritu Santo, Espíritu que es fruto de la Pascua, que estuvo en el nacimiento de la Iglesia y que, además, siempre estará presente entre nosotros, inspirando nuestra vida, renovando nuestro interior e impulsándonos a ser testigos en medio de la realidad que nos corresponde vivir.
Culminar con una vigilia:
Entre las muchas actividades que se preparan para esta fiesta, se encuentran, las ya tradicionales, Vigilias de Pentecostés que, bien pensadas y lo suficientemente preparadas, pueden ser experiencias profundas y significativas para quienes participan en ellas.
Una vigilia, que significa “Noche en vela” porque se desarrolla de noche, es un acto litúrgico, una importante celebración de un grupo o una comunidad que vigila y reflexiona en oración mientras la población duerme. Se trata de estar despiertos durante la noche a la espera de la luz del día de una fiesta importante, en este caso Pentecostés. En ella se comparten, a la luz de la Palabra de Dios, experiencias, testimonios y vivencias. Todo en un ambiente de acogida y respeto.
Es importante tener presente que la lectura de la Sagrada Escritura, las oraciones, los cantos, los gestos, los símbolos, la luz, las imágenes, los colores, la celebración de la Eucaristía y la participación de la asamblea son elementos claves de una Vigilia.
En el caso de Pentecostés centramos la atención en el Espíritu Santo prometido por Jesús en reiteradas ocasiones y, ésta vigilia, puede llegar a ser muy atrayente, especialmente para los jóvenes, precisamente por el clima de oración, de alegría y fiesta.
Algo que nunca debiera estar ausente en una Vigilia de Pentecostés son los dones y los frutos del Espíritu Santo. A través de diversas formas y distintos recursos (lenguas de fuego, palomas, carteles, voces grabadas, tarjetas, pegatinas, etc.) debemos destacarlos y hacer que la gente los tenga presente, los asimile y los haga vida.
No sacamos nada con mencionarlos sólo para esta fiesta, o escribirlos en hermosas tarjetas, o en lenguas de fuego hechas en cartulinas fosforescentes, si no reconocemos que nuestro actuar diario está bajo la acción del Espíritu y de los frutos que vayamos produciendo.
Invoquemos, una vez más, al Espíritu Santo para que nos regale sus luces y su fuerza y, sobre todo, nos haga fieles testigos de Jesucristo, nuestro Señor.
jueves, 6 de junio de 2019
CONOCIENDO NUESTRA FE
Definición
La palabra dogma (del griego dokein) se usa a veces, en los escritos de los autores clásicos antiguos, para significar una opinión o lo que parece verdadero a una persona; otras veces, para señalar una doctrina o posición filosófica, especialmente si se trata de las peculiares doctrinas de una escuela particular de filósofos (Cfr. Cic. Ac. II,9). A veces también se refiere a un decreto u ordenanza pública, un dogma poieisthai. En la Sagrada Escritura se usa, en algunos casos, con el sentido de decreto o edicto de la autoridad civil, como en Lc 2,1: “Sucedió que por aquellos días salió un edicto [edictum, dogma] de César Augusto”. (Cfr, Hch 17,7; Est 3,3). En otros, con sentido de norma de la ley mosaica, como es el caso de Ef 2,15: “Anulando en la carne la Ley de los mandamientos con sus preceptos” (dogmasin). Y también se aplica a los decretos u órdenes del Concilio Apostólico de Jerusalén: “Conforme iban pasando por las ciudades, les iban entregando, para que las observasen, las decisiones (dogmata) tomadas por los apóstoles y presbíteros en Jerusalén” (Hech 16,4). Entre los Padres más antiguos se acostumbraba nombrar dogmas a las doctrinas y preceptos morales enseñados o promulgados por el Salvador o por los Apóstoles. Y en ocasiones se hacía una distinción entre dogmas divinos, apostólicos y eclesiásticos, según que la doctrina en cuestión hubiese sido enseñada por Cristo o los Apóstoles, o que hubiese sido transmitida a los fieles por la Iglesia.
Pero, siguiendo una larga tradición, actualmente entendemos por dogma una verdad que pertenece al campo de la fe o de la moral, que ha sido revelada por Dios, transmitida desde los Apóstoles ya a través de la Escritura, ya de la Tradición, y propuesta por la Iglesia para su aceptación por parte de los fieles. Brevemente, “dogma” puede ser definido como una verdad revelada definida por la Iglesia. Las revelaciones privadas no constituyen dogmas, y algunos teólogos incluso limitan la palabra definida a doctrinas definidas solemnemente por el Papa o por un concilio general, mientras que una verdad revelada se convierte en dogma aún cuando sea propuesta por la Iglesia por medio de su magisterio ordinario o su oficio de enseñar. El concepto de dogma, entonces, abarca una doble relación: con la revelación divina y con la enseñanza autorizada de la Iglesia (Cfr. Nos. 85-95 del Catecismo de la Iglesia católica, N.T.).
Las tres clases de verdades reveladas
Los teólogos distinguen tres clases de verdades reveladas: verdades reveladas formal y explícitamente; verdades reveladas formal pero sólo implícitamente; y verdades reveladas sólo virtualmente.
Se dice que una verdad es revelada formalmente cuando quien revela pretende transmitir ese mensaje directamente a través de su propio lenguaje, para garantizarlo por la autoridad de su palabra. La revelación es formal y explícita cuando se transmite en términos claros y específicos. Es formal pero implícita cuando el lenguaje no es tan claro y deben utilizarse cuidadosamente las reglas de interpretación para determinar su significado. Y una verdad se llama sólo virtualmente revelada cuando no está garantizada por la palabra de quien transmite pero se puede deducir de algo que sí ha sido formalmente revelado. Ahora bien, las verdades reveladas formal y explícitamente por Dios son indudablemente dogmas en sentido estricto cuando la Iglesia las propone o define. Tales son, por ejemplo, los artículos del Credo de los Apóstoles. De igual modo son dogmas en sentido estricto las verdades reveladas por Dios formalmente, pero en forma implícita. Ejemplo de ellas son las doctrinas de la transubstanciación, de la infalibilidad papal, de la Inmaculada Concepción, algunas enseñanzas de la Iglesia acerca del Salvador, los sacramentos, etc. Toda doctrina definida por la Iglesia como algo contenido en la revelación se debe aceptar como algo formalmente revelado, implícita o explícitamente. Y es un dogma de fe que la Iglesia es infalible al definir esas dos clases de verdades reveladas. El rechazo deliberado de alguna de ellas constituye pecado de herejía. Hay varias opiniones acerca de las verdades reveladas virtualmente. Y ello deriva de la diversidad de posturas respecto al objeto material de la fe (Véase Fe). Baste decir aquí que, según algunos teólogos, las verdades reveladas virtualmente pertenecen al objeto material de la fe y solamente se convierten en dogmas en sentido estricto cuando la Iglesia las define o propone como tales. Para otros, esas verdades no pertenecen al objeto material de la fe divina, ni se convierten en dogmas, estrictamente hablando, por el hecho de ser definidas o propuestas, mas pueden ser llamadas dogmas mediatamente divinas, o eclesiásticas. En la hipótesis de que las conclusiones virtualmente reveladas no pertenezcan al objeto material de la fe, no se ha definido aún si la Iglesia es infalible al definirlas. Sin embargo, en torno a esas verdades, la doctrina de la Iglesia es teológicamente cierta y no puede ser negada legalmente, de modo que aunque la negación de un dogma eclesiástico no sea formalmente una herejía, sí significaría el quebrantamiento de un vínculo de fe y acarrearía la expulsión de la Iglesia por un decreto de anatema o de excomunión.
Divisiones
Las divisiones del dogma son prácticamente las mismas que las de la fe. Los dogmas pueden ser (1) generales o especiales; (2) materiales o formales; (3) puros o mixtos; (4) simbólicos o no simbólicos; (5) y pueden diferir según sus diversos grados de necesidad.
(1) Los dogmas generales forman parte de la revelación destinada a toda la humanidad y transmitida por los Apóstoles. Los especiales son aquellos que son revelados en forma privada. Estos últimos, en sentido estricto, no constituyen verdaderos dogmas, puesto que no son verdades reveladas a través de los Apóstoles, ni son definidos o propuestos por la Iglesia para ser aceptados universalmente por los fieles.
(2) Son dogmas materiales (o divinos, por si mismos, dogmas in se) aquellos que, sin tomar en consideración si son o no definidos por la Iglesia, se aceptan simplemente como revelados. Dogma formal (o católico, “en relación con nosotros”, quoad nos) es aquel que puede ser reconocido como revelado y definido. Lo mismo que en el caso de los dogmas especiales, los materiales no pueden ser llamados dogmas en el sentido estricto de la palabra.
(3) Dogma puro es el que únicamente puede ser conocido a través de la revelación, como es el caso de la Trinidad, la Encarnación, etc. Dogma mixto es aquel que puede conocerse ya por la revelación ya por el razonamiento filosófico, como la existencia y los atributos de Dios. Ambas clases de dogma son tales estrictamente hablando, pues se pueden considerar revelados y definidos.
(4) Los dogmas contenidos en los símbolos o credos de la Iglesia son llamados simbólicos; los demás son no simbólicos. De ahí que todos los artículos del Credo de los Apóstoles sean verdaderos dogmas, pero no todos los dogmas pueden ser técnicamente llamados artículos de fe, aunque así se les conozca ordinariamente.
(5) Finalmente, hay dogmas a los cuales es indispensable adherirse por la fe como condición necesaria para salvarse, mientras que en otros tal adhesión sólo se hace necesaria por un precepto divino. Unos dogmas deben ser conocidos y creídos explícitamente, mientras que para otros basta una adhesión implícita.
Carácter Objetivo de la Verdad Dogmática; Aceptación Intelectual del Dogma
Siendo el dogma una verdad revelada, su carácter intelectual y su realidad objetiva dependen del carácter intelectual y la realidad objetiva de la revelación divina. De modo que aplicaremos aquí al dogma las mismas conclusiones que se desarrollan, con mayor profundidad, en el artículo sobre revelación. ¿Debe reconocerse el dogma simplemente como una verdad revelada por Dios?. ¿Pueden aceptarse los dogmas como verdades objetivas, destinadas a ser entendidas por el entendimiento humano?. ¿Debemos creerlas con nuestra razón?. ¿Debemos admitir la distinción entre dogmas fundamentales y no fundamentales?
(1)Los racionalistas niegan la existencia de la revelación divina sobrenatural y, por ende, de los dogmas religiosos. Cierta escuela mística enseñó que lo que Cristo inauguró en el mundo fue una “nueva vida”. La teoría modernista merece un tratamiento aparte, dada la condenación que la Iglesia ha hecho de ella. Hay varias posiciones entre los modernistas. Aparentemente, algunos de ellos no niegan todo valor intelectual al dogma (Cf. Le Roy, “Dogme et Critique”). El dogma y la revelación- afirman- se expresan en términos de acción. De ese modo, cuando se dice que el Hijo de Dios “descendió de los cielos”, los teólogos no quieren decir con ello que Él bajó del modo como bajan los cuerpos o como se dice que los ángeles se desplazan de un sitio a otro, sino que intentan expresar la unión hipostática en términos de acción. Cuando profesamos nuestra fe en Dios Padre- según Le Roy- lo que decimos es que debemos actuar ante Dios como si fuéramos sus hijos, pero que ni la paternidad de Dios, ni los demás dogmas de la fe, como la Encarnación, la Trinidad, la Resurrección, etc., forman una idea en la mente. Según otros modernistas, Dios no ha revelado nada a la mente humana. Ellos opinan que la revelación comenzó siendo una forma de conciencia del bien y el mal, y que la evolución o desarrollo de la revelación no consiste sino en el desarrollo del sentido religioso, el cual alcanzó su punto más alto, hasta el momento, en el moderno Estado liberal y democrático. Consecuentemente, siguiendo la lógica de esos autores, los dogmas de fe, considerados como dogmas, no tienen ningún significado para la razón, ni es necesario que creamos en ellos racionalmente. Podemos rechazarlos; basta que los utilicemos como guía para nuestra conducta. (Vease, Modernismo). En contra de esta doctrina, la Iglesia enseña que Dios ha hecho revelaciones a la mente humana. Existen, indudablemente, atributos divinos relativos y algunos de los dogmas de fe pueden ser expresados usando simbolismos de acción, pero también presentan a la mente un significado distinto de la acción. La paternidad de Dios puede implicar que debemos actuar ante Él como hijos ante su padre, pero igualmente trae a la mente conceptos analógicos de nuestro Dios y Creador. Hay también verdades, como la Trinidad, la Resurrección de Cristo, su Ascensión, etc., que constituyen hechos absolutamente objetivos y que pueden ser creídos aún si sus consecuencias prácticas pudiesen ser ignoradas o minusvalorizadas. Los dogmas de la Iglesia, tales como la existencia de Dios, la Trinidad, la Encarnación y la Resurrección, los sacramentos, el juicio futuro, etc., tienen una realidad objetiva y son hechos tan reales y verdaderos como el hecho de que Augusto fue Emperador de Roma, o que George Washington fue presidente de los Estados Unidos.
(2) Procediendo abstractivamente a partir de la definición de la Iglesia, una vez que nuestra mente ha aceptado que Él nos habla, quedamos obligados a dar a Dios el honor de nuestro asentimiento a la verdad revelada. Incluso los ateos admiten, hipotéticamente, que, si existiese un ser infinito distinto del mundo, deberíamos brindarle el honor de creer su divina palabra.
(3) Consecuentemente no es válido distinguir entre verdades reveladas fundamentales y no fundamentales para insinuar que hay verdades que, aunque se reconozcan como reveladas por Dios, pueden ser legalmente rechazadas. Sin embargo, si bien implícitamente debemos creer toda verdad sustentada por la Palabra de Dios, sí somos libres de admitir que hay verdades más importantes que otras, y que algunas de ellas exigen ser conocidas explícitamente, mientras que otras sólo requieren una fe implícita.
El Dogma y la Iglesia
Las verdades reveladas no adquieren su carácter formal de dogmas hasta que son definidas o propuestas por la Iglesia. En tiempos recientes se ha sentido cierta hostilidad hacia la religión dogmática, considerada como un cuerpo de verdades definidas por la Iglesia. Tal hostilidad se acentúa cuando se considera que es el Papa quien las define. La teoría del dogma tratada aquí presupone la aceptación de la doctrina de la infalibilidad del oficio de enseñar de la Iglesia y del Pontífice Romano. Es evidentemente necesario, por tanto, hacer notar algunos puntos: (1) lo razonable de la definición del dogma; (2) la inmutabilidad del dogma; (3) la necesidad de la fe en el dogma para salvaguardar la unidad de la Iglesia; (4) las inconsistencias que se le adjudican a la definición del dogma.
(1) Contrario a la teoría de la interpretación de la Escritura basada en el criterio individual, los católicos consideramos como algo totalmente inaceptable la postura de que Dios reveló al mundo un conjunto de verdades pero que no designó oficialmente a ningún maestro para interpretarlas, ni a ningún juez autorizado para resolver controversias al respecto. Esto es tan ilógico como pensar en una legislatura civil que hiciera leyes para todos y cediera a cada individuo el derecho y la obligación de interpretarlas y de dirimir controversias de acuerdo a su criterio particular. La Iglesia y el Sumo Pontífice han sido revestidos por Dios con el privilegio de la infalibilidad para poder llevar a cabo su función como maestros universales en las esferas de la fe y de lo moral (Cfr. Nos. 889-892 y 2035 del Catecismo de la Iglesia Católica, N.T.). Esta necesidad lógica constituye un argumento irrefutable de que los dogmas definidos y enseñados por la Iglesia son las verdades contenidas en la revelación divina.
(2) Los dogmas de la Iglesia son inmutables. Los modernistas sostienen que los dogmas religiosos, como tales, no tienen ningún significado intelectual; que nadie está obligado a creerlos racionalmente; que pueden ser falsos; que basta que los utilicemos como guías de acción; que deberán modificarse cuando el espíritu de la época los haga obsoletos; cuando pierdan su valor como reglas para una vida religiosa liberal. Pero según la doctrina católica la revelación divina se dirige a la mente humana y expresa verdades genuinas y objetivas y, consecuentemente, los dogmas son verdades divinas inmutables. Son verdades perennemente inmutables que Augusto fue emperador de Roma y que George Washington fue el primer presidente de los Estados Unidos. La fe católica sostiene que, del mismo modo, existen y existirán verdades eternamente inmutables como las que afirman que hay tres personas en Dios, que Cristo murió por nosotros, que resucitó de entre los muertos, que fundó la Iglesia, que instituyó los sacramentos. Podemos distinguir entre las verdades en si mismas y el lenguaje en el que estas se expresan. Puede ser que el significado pleno de ciertas verdades reveladas emerja sólo paulatinamente, pero la verdad permanece siempre. Puede variar el lenguaje, o puede ser que éste sea usado con diferente significado, pero siempre se podrá llegar a saber qué sentido se les dio en el pasado a las palabras.
(3) Nuestra fe en las verdades reveladas no debe estar condicionada a su definición por la Iglesia. Basta que sepamos que Dios las reveló. La necesidad de creerlas una vez que han sido definidas o propuestas por la Iglesia se aplica a nuestra preservación del vínculo de la fe. (Véase Herejía).
(4) Por último, y contrario a lo que a se afirma en ocasiones, los católicos no admiten que los dogmas son creaciones arbitrarias de la autoridad eclesiástica. Tampoco admiten que el número de los dogmas se pueda incrementar al gusto, ni que sean instrumentos de subyugación de los ignorantes, ni que se conviertan en obstáculos para la conversión de algunos. Mas no se puede dar solución satisfactoria a esos cuestionamientos sin hacer referencia a asuntos más fundamentales. Las definiciones dogmáticas serían arbitrarias si no existiese, como una institución divina, el oficio infalible del magisterio eclesiástico. Si, por otro lado, como aseguran los católicos, Dios ha establecido en su Iglesia una función infalible, una definición dogmática no puede ser considerada algo arbitrario. La misma providencia divina que protege a la Iglesia del error la protege de una multiplicación desordenada de dogmas. Más aún, siendo las definiciones dogmáticas actos de auténtica interpretación y promulgación del significado de la revelación divina, difícilmente pueden considerarse como instrumentos de subyugación, ni obstáculos a la conversión. Todo lo contrario, la autorizada definición de la verdad y condenación del error son argumentos sólidos que pueden llevar a la Iglesia a aquellos que buscan la verdad sinceramente.
Dogma y Religión
Se ha acusado a la Iglesia Católica a veces de que, como consecuencia de sus dogmas, la vida religiosa de sus fieles se reduce a creencias meramente especulativas y a formalidades sacramentales externas. Es una acusación extraña que nace de prejuicios o de falta de conocimiento de la vida de la Iglesia. Definitivamente, la vida en las instituciones conventuales o monásticas no es simple formalidad externa. Las prácticas religiosas externas de los seglares católicos, tales como la oración pública, la confesión, la comunión, etc., exigen un cuidadoso auto examen interno, autodisciplina, y varios otros actos de religión interna. Y bástenos observar la vida cívica de los católicos, sus acciones de filantropía, sus escuelas y hospitales, orfanatos, sus organizaciones de caridad, etc., para convencernos de que la religión dogmática no degenera en meras formalidades exteriores. En contraste con eso, en las instituciones cristianas no católicas, a la disipación de la religión dogmática sigue invariablemente la descomposición de la vida cristiana sobrenatural. Si llegase a desaparecer el sistema dogmático de la Iglesia Católica, con su cabeza infalible, ningún sistema basado en el criterio particular podría impedir que el mundo retornara al seguimiento de los ideales paganos. Ciertamente el dogma no es ni el principio único ni el fin único de la vida católica. Si el católico sirve a Dios, honra a la Trinidad, ama a Cristo, obedece a la Iglesia, frecuenta los sacramentos, participa en la Misa y cumple los mandamientos es porque cree racionalmente en Dios, en la Trinidad, en la divinidad de Cristo, en la Iglesia, en los sacramentos y en el sacrificio de la Misa, en la obligación de cumplir los mandamientos. Es más, cree que todas esos contenidos constituyen verdades objetivas e inmutables.
Dogma y Ciencia
A pesar de lo anterior, se objeta que el dogma limita la investigación, antagoniza la independencia de pensamiento e imposibilita la teología científica. Podemos pensar que esta objeción es planteada por protestantes o por no creyentes. Consideremos la objeción desde los dos puntos de vista (La lectura de la encíclica Fides et Ratio de S.S. Juan Pablo II, será de gran provecho en este punto, N.T.).
(1) Los católicos reconocen en el dogma una influencia que va más allá de la investigación científica y de la libertad de pensamiento. Los protestantes también profesan adherirse a ciertas creencias dogmáticas supuestamente opuestas a la investigación científica y en conflicto con los descubrimientos de la ciencia moderna. Antiguas dificultades relativas a la existencia de Dios, o a su demostrabilidad, al dogma de la creación, los milagros, el alma humana, y la religión sobrenatural han sido vestidas con nuevos ropajes y promovidas por escuelas científicas contemporáneas a partir de los más recientes descubrimientos de la Geología, la Paleontología, Biología, Astronomía, Anatomía Comparativa y Fisiología. Mas los protestantes, al igual que los católicos, profesan creer en Dios, en la creación, en el alma, en la Encarnación, en la posibilidad de los milagros. También sostienen ellos que no hay conflicto entre las conclusiones genuinas de la ciencia y los dogmas bien entendidos de la religión cristiana. De ahí que los protestantes no puedan lógicamente quejarse de que los dogmas católicos impiden el desarrollo científico. Pero sí se insiste en que, en el sistema de la Iglesia Católica, las creencias no admiten criterios individuales y que detrás de los dogmas de la Iglesia está la sombra pesada de su episcopado. Ciertamente, los católicos saben que la autoridad eclesiástica está detrás de la fe dogmática, pero ello de ninguna manera ata su libertad intelectual. En todo caso, simplemente les hace preguntarse acerca de la constitución de la Iglesia. Los católicos encuentran difícil creer que Dios haya revelado a la humanidad un conjunto de verdades y que no haya establecido una autoridad viva para que interpretara, enseñara y salvaguardara ese cuerpo de doctrina, y para que decidiera en casos de controversia. La autoridad del episcopado, en unión con el Supremo Pontífice, para controlar la actividad intelectual es correlativa a su autoridad para enseñar la verdad sobrenatural. La existencia de jueces y magistrados no amplía el ámbito de nuestras leyes civiles; ellos son la autoridad viva para interpretar y aplicar la ley. De modo semejante, la autoridad episcopal tiene como campo la verdad de la revelación, y sólo prohíbe aquello que no concuerda con la totalidad de esa verdad.
(2) Al discutir la cuestión con los no creyentes, se hace notar que la ciencia es “la observación y clasificación, o coordinación, de los datos o fenómenos individuales de la naturaleza”. Los católicos son absolutamente libres de emprender cualquier investigación científica en los términos planteados por esa definición. No existe prohibición o restricción alguna para que los católicos observen y coordinen los fenómenos de la naturaleza. Algunos científicos, sin embargo, no se constriñen a la ciencia en los términos que ellos mismos la han definido. Proponen teorías frecuentemente contrarias a la misma observación experimental. Hay quien sostiene, como verdad científica, que Dios no existe; que su existencia no es cognoscible; que el mundo no ha sido creado. No falta quien niega, en nombre de la ciencia, que el alma exista, o que sea posible la revelación sobrenatural. Indudablemente que tales negaciones no tienen sustento en el método científico. El dogma católico y la autoridad eclesiástica limitan la actividad intelectual sólo en la medida en que se considera necesario para salvaguardar las verdades de la revelación. Si los científicos no creyentes aplicasen también el método científico al estudiar el catolicismo, observando, comparando, haciendo hipótesis y hasta formulando conclusiones científicas, podrían constatar que la fe dogmática para nada interfiere con la legítima libertad de los católicos para emprender investigaciones científicas, para cumplir sus deberes ciudadanos o para desempeñar cualquier otra forma de actividad que ayude al progreso y al saber. Ninguna teoría contraria al dogma puede negar los hechos constatables de la multitud de servicios prestados por los católicos en todas las áreas del saber y del servicio social. (Véase Fe, Infalibilidad, Revelación, Ciencia, Verdad).
Fuente: Enciclopedia Católica
lunes, 3 de junio de 2019
CONOCIENDO NUESTRA FE
Dentro de la Tradición de la Iglesia se tiene dos tipos de palabras que, a pesar de referirse a una misma acción, tienen formas distintas de escritura y diferentes significado.
Las palabras “Asunción” y “Ascensión”, por más similares que sean y por más que se refieran a la acción de ir al cielo en cuerpo y alma, tienen dos significados distintos ¿Por qué?
La diferencia está en el modo con el cuál se llega al cielo
Jesucristo es el Hijo de Dios hecho hombre, con ambas naturalezas: humana y divina. Cuando Él fue al cielo en cuerpo y alma al final de su vida terrena, Él lo hizo con su propio poder. Jesús mismo fue el agente activo del milagro. Jesús ascendió al cielo.
En cambio María es una criatura de Dios, dependiente enteramente de la gracia de Dios para todo. Ella no fue al cielo con su propio poder, sino que fue llevada al cielo por Dios. Es decir, fue el agente pasivo del milagro. María fue asunta al cielo.
La teología católica generalmente es muy cuidadosa con estas palabras. Hay que tener en cuenta que pequeñas diferencias en terminología pueden tener enormes implicaciones en cuanto a su real significado.
Fuente: churchpop.com
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