miércoles, 19 de febrero de 2020

CARTA ENCÍCLICA FIDES ET RATIO DEL SUMO PONTÍFICE JUAN PABLO II SOBRE LAS RELACIONES ENTRE FE Y RAZÓN



CAPÍTULO V
INTERVENCIONES DEL MAGISTERIO EN CUESTIONES FILOSÓFICAS




El discernimiento del Magisterio como diaconía de la verdad

52. Las intervenciones del Magisterio de la Iglesia para expresar su pensamiento en relación con determinadas doctrinas filosóficas no son sólo recientes. Como ejemplo baste recordar, a lo largo de los siglos, los pronunciamientos sobre las teorías que sostenían la preexistencia de las almas,56 como también sobre las diversas formas de idolatría y de esoterismo supersticioso contenidas en tesis astrológicas; 57 sin olvidar los textos más sistemáticos contra algunas tesis del averroísmo latino, incompatibles con la fe cristiana.58

Si la palabra del Magisterio se ha hecho oír más frecuentemente a partir de la mitad del siglo pasado ha sido porque en aquel período muchos católicos sintieron el deber de contraponer una filosofía propia a las diversas corrientes del pensamiento moderno. Por este motivo, el Magisterio de la Iglesia se vio obligado a vigilar que estas filosofías no se desviasen, a su vez, hacia formas erróneas y negativas. Fueron así censurados al mismo tiempo, por una parte, el fideísmo 59 y el tradicionalismo radical,60 por su desconfianza en las capacidades naturales de la razón; y por otra, el racionalismo 61 y el ontologismo,62 porque atribuían a la razón natural lo que es cognoscible sólo a la luz de la fe. Los contenidos positivos de este debate se formalizaron en la Constitución dogmática Dei Filius, con la que por primera vez un Concilio ecuménico, el Vaticano I, intervenía solemnemente sobre las relaciones entre la razón y la fe. La enseñanza contenida en este texto influyó con fuerza y de forma positiva en la investigación filosófica de muchos creyentes y es todavía hoy un punto de referencia normativo para una correcta y coherente reflexión cristiana en este ámbito particular.

56 Cf. Sínodo de Constantinopla, DS 403.

57 Cf. Concilio de Toledo I, DS 205; Concilio de Braga I, DS 459-460; Sixto V, Bula Coeli et terrae Creator (5 de enero de 1586): Bullarium Romanum 4/4, Romae 1747, 176-179; Urbano VIII, Inscrutabilis iudiciorum (1 de abril de 1631): Bullarium Romanum 6/1, Romae 1758, 268-270.

58 Cf. Conc. Ecum. Vienense, Decr. Fidei catholicae, DS 902; Conc. Ecum. Laterano V, Bula Apostolici regiminis, DS 1440.

59 Cf. Theses a Ludovico Eugenio Bautain iussu sui Episcopi subscriptae (8 de septiembre de 1840), DS 2751-2756; Theses a Ludovico Eugenio Bautain ex mandato S. Cong. Episcoporum et Religiosorum subscriptae (26 de abril de 1844), DS 2765-2769.

60 Cf. S. Congr. Indicis, Decr. Theses contra traditionalismum Augustini Bonnetty (11 de junio de 1855), DS 2811-2814.

61 Cf. Pío IX, Breve Eximiam tuam (15 de junio de 1857), DS 2828-2831; Breve Gravissimas inter (11 de diciembre de 1862), DS 2850-2861.

62 Cf. S. Congr. del Santo Oficio, Decr. Errores ontologistarum (18 de septiembre de 1861), DS 2841-2847.

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