12. En virtud de esta exigencia, para que ningún obstáculo se interponga entre la petición de reconciliación y el perdón de Dios, de ahora en adelante concedo a todos los sacerdotes, en razón de su ministerio, la facultad de absolver a quienes hayan procurado el pecado del aborto. Cuanto había concedido de modo limitado para el período jubilar, lo extiendo ahora en el tiempo, no obstante cualquier cosa en contrario. Quiero enfatizar con todas mis fuerzas que el aborto es un pecado grave, porque pone fin a una vida humana inocente. Con la misma fuerza, sin embargo, puedo y debo afirmar que no existe ningún pecado que la misericordia de Dios no pueda alcanzar y destruir, allí donde encuentra un corazón arrepentido que pide reconciliarse con el Padre. Por tanto, que cada sacerdote sea guía, apoyo y alivio a la hora de acompañar a los penitentes en este camino de reconciliación especial.
En el Año del Jubileo había concedido a los fieles, que por diversos motivos frecuentan las iglesias donde celebran los sacerdotes de la Fraternidad San Pío X, la posibilidad de recibir válida y lícitamente la absolución sacramental de sus pecados. Por el bien pastoral de estos fieles, y confiando en la buena voluntad de sus sacerdotes, para que se pueda recuperar con la ayuda de Dios la plena comunión con la Iglesia Católica, establezco por decisión personal que esta facultad se extienda más allá del período jubilar, hasta nueva disposición, de modo que a nadie le falte el signo sacramental de la reconciliación a través del perdón de la Iglesia.
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