lunes, 1 de julio de 2019

DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA


CAPÍTULO CUARTO
LOS PRINCIPIOS DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA

II. EL PRINCIPIO DEL BIEN COMÚN


c) Las tareas de la comunidad política

168 La responsabilidad de edificar el bien común compete, además de las personas particulares, también al Estado, porque el bien común es la razón de ser de la autoridad política. El Estado, en efecto, debe garantizar cohesión, unidad y organización a la sociedad civil de la que es expresión, de modo que se pueda lograr el bien común con la contribución de todos los ciudadanos. La persona concreta, la familia, los cuerpos intermedios no están en condiciones de alcanzar por sí mismos su pleno desarrollo; de ahí deriva la necesidad de las instituciones políticas, cuya finalidad es hacer accesibles a las personas los bienes necesarios —materiales, culturales, morales, espirituales— para gozar de una vida auténticamente humana. El fin de la vida social es el bien común históricamente realizable.

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